La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) anunció las medidas de apoyo que debe ofrecer a las personas afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto.

La entidad informó que las víctimas podrán acceder a atención gratuita en salud, indemnizaciones por muerte, gastos funerarios e incapacidad permanente derivada de la emergencia.

Según explicó la ADRES, estas ayudas hacen parte de los mecanismos de protección para personas afectadas por eventos catastróficos. Entre los beneficios se encuentra la cobertura de la atención médica requerida por los lesionados, además del reconocimiento económico para los familiares de las personas fallecidas y para quienes hayan sufrido una pérdida permanente de su capacidad laboral.

La entidad precisó que los reclamantes tendrán un plazo de hasta 18 meses, contados desde la fecha del fallecimiento o desde la expedición del dictamen de pérdida de capacidad laboral, para presentar las respectivas solicitudes.

Las solicitudes para indemnización por muerte o gastos funerarios se deben tramitar en el portal web Reconocimiento y pago de indemnizaciones a víctimas – Persona natural en el siguiente enlace:

https://www.adres.gov.co/…/ciudadania/reconocimiento-ecat

Se puede hacer de manera presencial en la Av. El Dorado No. 69-76, Edificio Elemento, piso 10, de Bogotá, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

Habib Merheg Marún