Alex Rodríguez, un misterioso personaje santandereano logró engañar al Ejército Nacional con la venta de una supuestas llantas blindadas, aunque el hecho ocurrió en el 2013, la procuraduría todavía tiene esperanzas de dar con el paradero del estafador que logró engañar a la Intendencia General del Ejército y se dio a la fuga con $900 millones de pesos.

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Rodríguez tampoco canceló la cláusula penal pecuniaria que se le hizo efectiva por valor de $280.676.649 y se comprobó que, para ser contratado, constituyó una póliza de cumplimiento que resultó ser inexistente, por lo que el entonces Intendente General del Ejército le instauró denuncia penal por el delito de falsedad en documento privado.

Alex Ricardo Rodríguez Rodríguez, propietario del establecimiento de comercio “Negocios Inteligentes de Colombia SAS”, empresa radicada en Floridablanca (Santander), suscribió el Contrato de Compraventa No. 490 CEITE-DIBLI-2013 del 10 de Abril de 2013, cuyo objeto consistió en la «Adquisición de llantas referencia 1200 x r20 tubeles para vehículos blindados ee-9 cascavel ee-11 urutu y llantas referencia 1400 x r20 tubeles para vehículos bcipado blindados asv-apc».

Negocios Inteligentes de Colombia : Contratista del Ejército es responsable  fiscal por contrato de suministro de llantas | Actualidad | W Radio Colombia

Vencido el plazo de ejecución contractual y luego de haber sido prorrogada la entrega del objeto del contrato, el día 3 de Septiembre de 2013, cinco meses después, el contratista presentó 228 llantas que, al ser verificadas por el Supervisor y por el Comité Evaluador, se advirtió que no cumplían con las especificaciones técnicas contratadas, razón por la que no fueron recibidas, lo que por ende generó en el incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del negocio jurídico y derivó en la afectación patrimonial de los intereses del Ejército.

Pese a las gestiones administrativas adelantadas por el ejército, la suma entregada al contratista no pudo ser recuperada, ante la imposibilidad de afectar la póliza de cumplimiento que constituyó para amparar las obligaciones derivadas del contrato (pago anticipado, cumplimiento, calidad y responsabilidad civil extracontractual), dada la inexistencia de aquella, la cual fue certificada por la Aseguradora Solidaria de Colombia.

Para la Contraloría, el contratista “incumplió sus obligaciones contractuales, los deberes constitucionales y legales al haber dispuesto injustificadamente de los recursos públicos dados como pago del anticipo, máxime cuando los bienes no fueron suministrados conforme las especificaciones técnicas acordadas, la entidad contratante no recibió contraprestación alguna y la póliza de seguro que aportó no fue expedida por la aseguradora”.

Habib Merheg Marún