Acusándolos de concebir como política contrainsurgente la destrucción del partido político Unión Patriótica (UP), la JEP imputó como máximos responsables de lo que calificó como “genocidio” al mayor general (r) Iván Ramírez Quintero, al brigadier general (r) Rito Alejo del Río Rojas y a los tenientes coroneles (r) Jorge Luis Mejía Rosas, Eduardo León Figueroa Cifuentes y Manuel José Pérez Pérez.
La Sala de Reconocimiento de Verdad concluyó que el ataque contra la UP obedeció a intención deliberada, fue sistemático y buscaba golpear a las FARC-EP atacando civiles por fuera del conflicto. El caso, antes denominado con el número 06, fue renombrado por la JEP como “Genocidio contra el partido político Unión Patriótica”.

Los hechos fueron calificados por la JEP como crímenes de guerra, homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad de exterminio, deportación, traslado forzoso de población y otros actos inhumanos.
El fuerte pronunciamiento de la JEP coincide con lo advertido por el Centro Nacional de Memoria Histórica y la Comisión de la Verdad hace varios años respecto a que la UP fue estigmatizada como brazo político de la guerrilla.
Las cifras son escandalosas: 8.924 víctimas, de las cuales 5.729 fueron asesinadas o desaparecidas, 3.200 fueron víctimas de atentados, desplazamiento forzado, exilio, tortura, detención arbitraria y violencia sexual.
Dentro de esas víctimas hubo 2 candidatos presidenciales, 6 congresistas, 17 alcaldes y 165 concejales, además de líderes sociales en las zonas donde la UP tuvo mayor éxito en las elecciones: Urabá, Meta, Magdalena Medio, Nordeste antioqueño, Sumapaz y Sur de Tolima.
Los señalados disponen de 30 días hábiles para aceptar o rechazar las imputaciones. Si aceptan la imputación, será el Tribunal Especial para la Paz quien imponga la Sanción Propia. Si deciden rechazan las imputaciones y toman la vía adversarial, el caso será asumido por la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP que, de hallarlos culpables, podrían enfrentar penas de hasta 20 años de prisión.