El Ministerio de Transporte resolvió las principales dudas sobre el transporte terrestre durante el aislamiento selectivo. La regulación de las tarifas de pasajes y peajes, y los protocolos de bioseguridad, son algunos de los puntos que aclara la entidad.

Policía refuerza control en carreteras durante el puente de San Pedro y San  Pablo

Este 1 de Septiembre empieza a regir el aislamiento selectivo en Colombia, el Ministerio de Transporte emitió un comunicado resolviendo las principales dudas sobre el transporte terrestre durante la nueva normalidad:

Dónde comprar los pasajes para evitar aglomeraciones? ¿En las terminales van a venderlos o sólo será en línea? ¿Van a estar disponibles desde el 1 de Septiembre o será una reapertura gradual?

Gobierno coordina operación para activación gradual del servicio de  transporte terrestre

En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1168 del 25 de Agosto de 2020 (de aislamiento selectivo), es responsabilidad de las Terminales de Transporte, en conjunto con las empresas de transporte público de pasajeros por carretera, tomar las medidas para evitar las aglomeraciones en el proceso de compra de pasajes, garantizando que los usuarios cumplan con el distanciamiento responsable. Para tal fin, se podrá realizar preventa de tiquetes y proceso de ventas no presenciales, los cuáles pueden realizarse desde la fecha.

Para realizar la operación de vehículos de transporte de pasajeros por carretera se deben cumplir los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, los cuales establecen que se debe velar porque durante el trayecto exista una distancia mínima de un metro entre cada usuario. Así mismo, se debe velar por el uso obligatorio de tapabocas, mantener el vehículo ventilado, limpiar y desinfectar los sitios los cuales los usuarios, trabajadores y demás personas pueden o hayan entrado en contacto directo en los medios de transporte público, entre otras.

La Resolución 3600 del 9 de mayo de 2001, expedida por el Ministerio de Transporte, estableció la libertad de tarifas para el servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera a partir del 1 de julio de 2001, con base en los principios de eficiencia y seguridad, promoviendo la libre competencia e iniciativa privada de los prestadores del servicio.

Empresas de transporte terrestre están listas para volver a las carreteras  de Colombia. » Noticias de Bucaramanga Colombia y el Mundo

Dado que a partir del primero de septiembre se inicia la fase de Aislamiento Selectivo y distanciamiento social responsable, desde esa fecha no es necesario justificar que se está incluido en una excepción para hacer uso del servicio de transporte público de pasajeros.

Al no estar expresamente prohibido en el Decreto, en el territorio nacional queda plenamente permitido el transporte terrestre en todas sus modalidades, así como el fluvial, por cable y marítimo de pasajeros, de servicios postales y distribución de paquetería.

Así las cosas, a partir del 1 de septiembre se restablece el transporte terrestre en todas sus modalidades: intermunicipal, mixto, especial, fluvial, por cable y marítimo de pasajeros, de servicios postales y distribución de paquetería.

Director: Habib Merheg Marún