El Plan de Manejo Ambiental que preparó la ANLA para la erradicación de cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea con glifosato, se cayó en la Corte Constitucional.

La Sala Sexta de Revisión del alto tribunal desestimó lo presentado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales al atender alegatos por falta de un debido proceso y de garantías para la participación, por ende ordenó una consulta previa en la que deberá haber la participación de las comunidades afectadas.

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Precisamente, la tutela que revisó la Corte –con ponencia de la magistrada Cristina Pardo– fue presentada por José Benavides, quien dijo que en Florencia, Caquetá, se celebró una audiencia pública y virtual sin la debida participación de la comunidad, población a la que en últimas afecta este procedimiento.

Luego de revisar la documentación, al demandante se le dio la razón porque, en efecto, se vulneró el derecho a la participación ciudadana en este tipo de mecanismos.

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Una de las consideraciones para tumbar el Plan de Manejo es que si bien la audiencia virtual es válida, no se tuvo en cuenta que en esa región no todos tienen internet. El procedimiento adecuado, según el fallo, era suspender la audiencia hasta que hubiera una amplia y eficaz participación de los interesados en el tema.

Habib Merheg Marún