A partir de hoy, comienza a aplicar el decreto 442 de 2021, que exige a los mayores de 18 años portar ese documento en ciertos lugares, de no hacerlo no podrán ingresar a ciertos establecimientos.
Esta medida tiene así su primer paso y tendrá su segunda fase el próximo 30 de Noviembre cuando se le exija también a los jóvenes de más de 12 años de edad en Colombia.
En medio del aumento de casos activos en el país hasta más de 14.000 personas con coronavirus , estos son los lugares que la norma indica pedirán el documento para permitir el aforo del 100 por ciento.
- Bares
- Gastrobares
- Restaurantes
- Cines
- Discotecas
- Sitios de baile
- Conciertos
- Casinos
- Bingo
- Actividades de ocio
- Escenarios deportivos (en eventos masivos)
- Parques de diversiones
- Parques temáticos
- Museos
- Ferias
Los únicos documentos válidos para entrar a esos lugares en el territorio colombiano son el carnet físico de vacunación o el certificado digital expedido en Mi Vacuna.
Las personas tendrán que tener como mínimo las primera dosis de cualquiera de las vacunas que han llegado al país, así como que deben llevar todavía el tapabocas a pesar de contar con el carnet.
“El incumplimiento de la verificación de las medidas en mención y de las establecidas por el Ministerio de Salud por parte de los establecimientos de comercio dará lugar a las sanciones contempladas en este decreto, a las medidas correctivas establecidas en Código Nacional de Policía y Convivencia, que establece la suspensión inmediata de la actividad”, indicó el decreto.