La decisión la adoptó la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá luego de que un juez le negara la petición a la mujer, que fue condenada en 2016 a una pena de 56 meses de prisión por delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
El juez en Armenia (Quindío) le concedió el beneficio de casa por cárcel y la mujer, tres años después, presentó la solicitud para trabajar en una agencia de modelos webcam, petición que le fue negada en septiembre de 2020, dice el fallo.
Pero una delegada de la Procuraduría respaldó la solicitud de la procesada y llamó la atención sobre que se cumplían todos los requisitos para que ella pudiera ejercer su labor, y se verificó la existencia del empleador, la actividad comercial, su salario, horarios de trabajo y seguridad social.
La representante del Ministerio Público alegó que aunque se trate de una actividad sexual de forma virtual, en este caso no se configura explotación sexual de mujeres ya que el empleador cuenta con todos los documentos ante Cámara y Comercio del estudio de modelaje webcam.
Director: Habib Merheg Marún