El Ministerio de Transporte emitió una circular externa para las autoridades de tránsito locales en la que se informa que los centros de diagnóstico automotor (CDA) deberán solicitar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) a los conductores que tramiten el certificado de revisión tecnomecánica, documentos que, hasta ahora, eran independientes del uno del otro.
En la circular se expresa que los CDA tendrán, a partir de ahora, un plazo de tres meses para tener la capacidad de verificar, a través del sistema del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), que los vehículos que están tramitando la tecnomecánica ya cuenten con el SOAT.
Se estableció, además, que cada CDA reporte ante el organismo de tránsito municipal a los vehículos que sean llevados a la revisión y no tengan el SOAT vigente, por lo que la autoridad local deberá imponer un comparendo.
Antes de esta circular el SOAT y la revisión tecnomecánica eran documentos independientes, en los que esta última se obtenía siempre y cuando el vehículo estuviera en buen estado, excluyendo su documentación.
Según el Ministerio de Transporte, la medida se adoptó con el objetivo de reducir la evasión de la adquisición del SOAT, la cual alcanzó una cifra del 48% de los vehículos que están matriculados en el país.