El Tribunal Superior de Bogotá declaró nulidad en la acción legal luego de haber sido impugnada por el Ministerio de Defensa. Se estudiará la relación que hay entre el uso de los agentes químicos con la propagación del COVID-19.

Suspenden uso de gases lacrimógenos durante protestas en pandemia | RCN  Radio

Días previos al próximo paro nacional, convocado para este jueves 19 de Noviembre, el Tribunal Superior de Bogotá declaró nulo el fallo de tutela que ordenaba al Ministerio de Defensa y a la Policía suspender el uso de gases lacrimógenos en las protestas sociales mientras se encontrara vigente la emergencia sanitaria por el COVID-19.

El fallo ordena la devolución del expediente al juzgado para que se realice nuevamente el estudio de la tutela, pero esta vez vinculando en el proceso al Ministerio de Salud y de Interior para tener en cuenta sus conceptos sobre la relación que tiene “el uso de los agentes químicos para el control de protesta y el riesgo de contagio o mayor severidad de síntomas por COVID-19″.

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En su momento, un juez de Bogotá le había dado la razón a los argumentos de la acción de tutela, interpuesta por un ciudadana, en la que se “ordenaba, de forma inmediata, al Presidente de la República y a la Nación – Ministerio Defensa Nacional – Policía nacional que suspenda el uso de los agentes químicos, dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido; Granadas con carga química; granadas fumígenas; Cartuchos con carga química CS, OC y, cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante”.

El juez señaló que “resultaría una combinación muy peligrosa el uso de estos gases en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo y su salud más expuesta en caso de contagiarse por COVID”. Además indicó que “cualquier norma o protocolo de bioseguridad se va al traste al momento en que estos agentes químicos se utilicen (…) de estos agentes químicos genera indudablemente afectación en la salud humana, llegando a ser prohibidos en algunos países o también en algunas ciudades”.

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“La utilización de estos agentes químicos que buscan dispersar a la multitud no solo atentan contra el derecho fundamental a la salud de quienes hacen parte de la protesta, sino también el de transeúntes, habitantes y trabajadores del sector afectado, quienes no deberían soportar la carga desproporcionada de ver afectada, así sea temporalmente, sus capacidades sensoriales como consecuencia del uso indiscriminado de esta sustancia” señalaba el fallo de tutela.

Director: Habib Merheg Marún