El juzgado 4º civil del circuito de Cartagena de Indias resolvió mediante acción de tutela y “teniendo en cuenta los términos y condiciones recomendados oficialmente por la empresa fabricante de dicho biológico”, que el Ministerio de Salud deberá aplicar la segunda dosis de la vacuna Pfizer a los 21 días siguientes de la primera dosis del biológico.
El juzgado consideró que el aplazamiento para la aplicación de la segunda dosis de la vacuna de Pfizer contra el covid-19, como se ha definido en el Plan Nacional de Vacunación, no tiene los soportes suficientes desde el punto de vista científico, a lo que se suma que Pfizer S.A., Colombia, manifestó que “no se han realizado estudios de eficacia de la vacuna Pfizer en intervalos mayores a 21 días, por tal motivo afirmar que la segunda dosis de la requerida vacuna puede ser aplicada en un intervalo de 0 a 90 días, carece de fundamento científico alguno”.
El juzgado indica que el Ministerio de Salud y Protección Social no aportó ante dicha judicatura los soportes científicos e investigativos que lo llevaron a considerar la pertinencia a la luz de los derechos fundamentales de la adopción de las modificaciones implementadas en el Plan Nacional de Vacunación “en cuanto a la ampliación de la aplicación de la segunda dosis de 0-21 a 0-90 días de la vacuna contra el covid-109 de Pfizer”.
La tutela fue emitida el 6 de Julio de 2021 y en el momento no se conoce la fecha de notificación por parte del Ministerio de Salud y de la Nueva EPS. Desde el Ministerio de Salud se informó que después de notificarse, esta se impugnará dentro de los plazos legales correspondientes.