Este martes 16 de septiembre se realizó la lectura de la primera sentencia contra los siete miembros del último secretariado de las extintas Farc por el delito de secuestro y por otros crímenes que se derivaron de este.

La Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró a los siete miembros como máximos responsables, en calidad de autores, por los crímenes de guerra de la toma de rehenes y homicidios; así como de crímenes de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad, asesinatos y desapariciones forzadas.

Los sentenciados son Rodrigo Londoño Echeverri, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel Redondo, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.

Tras ser hallados como responsables, los siete miembros del secretariado tendrán que trabajar, durante ocho años, en cuatro líneas de proyectos restaurativos:

-Búsqueda de personas dadas por desaparecidas

-Acción integral contra minas antipersonal

-Medio ambiente, naturaleza y territorio

-Memoria y reparación simbólica

Las sanciones hacen parte del llamado Caso 01 o Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc-EP. Según el despacho de la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, encargado de ese caso, esa guerrilla secuestraba bajo tres patrones: “para financiarse, para promover el intercambio por guerrilleros presos y para controlar territorios donde operaban”. Además, las personas víctimas de ese delito, también eran sometidas a otros crímenes como “desaparición forzada, homicidio, desplazamiento, trabajos forzados, tratos crueles e inhumanos, tortura e incluso violencia sexual”.

Junto a la JEP, la Misión de Verificación de la ONU en Colombia estará monitoreando y vigilando que los sancionados cumplan con las actividades impuestas.

Por otro lado, la JEP indicó que tendrá un equipo de supervisión de las sanciones, pero que el financiamiento de estas deberá estar a cargo del gobierno nacional. “La JEP (…) no define procedimientos de contratación ni asume responsabilidad disciplinaria o fiscal en la administración de recursos para el cumplimiento de las sanciones propias. Es el gobierno nacional quien está obligado a garantizar los recursos y las condiciones necesarias para que los comparecientes cumplan”.

Habib Merheg Marún