1- El uso del Esmad estaría determinado por la Policía y no por los alcaldes, como funciona en la actualidad;
2- Los uniformados no portarían armas de fuego
3- Quienes convocan movilizaciones estarían obligados a tener una póliza de seguro de responsabilidad extra contractual, por si se presentan desmanes.
4- Los que participan en las marchas no podrían portar pinturas ni capuchas u otros elementos que impidan su identificación.
Estos son los puntos claves, pero a la vez más polémicos, del borrador del protocolo para la protesta social que está en discusión entre los gobiernos Nacional y de Bogotá, y que debía ser entregado ayer al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para su aval.
No obstante, ante la falta de acuerdo sobre esos ítems, las partes habrían pedido 60 días de plazo para presentar un documento final.
Entre tanto, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá revisará un incidente de desacato que formuló el Colectivo de Abogados, junto a otras organizaciones de derechos humanos, por el posible incumplimiento del Ejecutivo a las órdenes que dio la Corte Suprema de Justicia en la sentencia 7641 de 2020, expedida la semana pasada para garantizar el derecho a la protesta social pacífica.
El incidente de desacato se refiere a la solicitud número cuatro del fallo, que pide al ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, “presentar disculpas por los excesos de la fuerza pública”. Dicen los demandantes que Trujillo no siguió ese requerimiento. Sin embargo, el 25 de Septiembre este hizo una declaración asegurando que ya había presentado sus excusas.
El pasado 23 de Septiembre la Corte, mediante la sentencia ya mencionada, dio 14 directrices al Gobierno, la Defensoría, Policía y Procuraduría en materia de las movilizaciones sociales. El Objetivo: Garantizar la protesta pacífica. A partir de esa providencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había dado al Ejecutivo plazo hasta ayer para presentar un protocolo de actuación de las autoridades en futuras movilizaciones.
El primer borrador lo construyó el Ejecutivo y luego fue revisado por el Distrito, la Gobernación de Cundinamarca y la Policía Nacional, mediante mesas de trabajo que se realizaron en los últimos tres días.
“El Gobierno Nacional trabaja de manera articulada con los gobiernos locales y las entidades competentes para garantizar la protesta social de modo pacífico y avanzar en la reactivación económica de nuestro país”, dijo la Presidencia en un comunicado.
A ese grupo también estuvo invitada la Fiscalía, pero esta se apartó de la discusión argumentando que el tema no era de su competencia por tratarse de una política pública.
El ente acusador aseguró que su deber es “investigar los hechos delictivos una vez estos ocurren, no comprende la competencia para tomar parte en la formulación de protocolos dirigidos a solucionar el antagonismo violento entre las Fuerza Militares y la población civil”.
Entre tanto, la Procuraduría trabaja en la elaboración de un “Estatuto de reacción, uso, verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las directrices que presentó la Corte Suprema en la sentencia y que deben ser cumplidas en un plazo máximo de 30 días a partir de la publicación de la providencia, es decir, el 23 de octubre.
Las decisiones que tomó el alto tribunal para la protesta pacífica están enmarcadas en una tutela que interpuso un grupo ciudadano pidiendo que se garantice el derecho a la manifestación. Estos denunciaron ante posibles casos de abuso policial que se habrían cometido en el Paro Nacional de 2019, entre noviembre y diciembre.
Director: Habib Merheg Marún