Los siete militares acusados de violar a una niña de 13 años de edad de la etnia Emberá aceptaron ayer su responsabilidad en este hecho que consternó al país y que ocurrió el pasado 22 de junio en el municipio de Pueblo Rico, zona rural de Risaralda.
La Fiscalía confirmó que los soldados, seis de ellos en calidad de autor y uno en calidad de cómplice, aceptaron los cargos por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 13 años agravado, acto punible que puede dar hasta 30 años de cárcel, según explicó el ente acusador, pero que no aplicaría para la nueva ley de cadena perpetua, por no estar sancionada por el presidente Duque.
Los cargos imputados por el fiscal levantaron ampolla entre abogados penalistas, quienes consideran que esos hechos no deberían ser acusados de esa manera porque se concedería un manto de duda de que pudo haber aprobación de la menor Embera para que ocurrieran los hechos, pese a que la familia ya denunció que su pequeña sí fue violentada por los soldados mientras cogía algunas guayabas.
El abogado penalista y defensor de derechos humanos, Víctor Javier Velásquez, considera que hubo un error en el procedimiento. “Hay una diferencia grande en el acceso carnal abusivo y el acceso carnal violento. En el abusivo, que fue el imputado por la Fiscalía, se descarta la violencia, es decir que hubo un consentimiento libre. Mientras que, con el violento, se trata de un acto en contra de la voluntad de la joven. En este caso estamos hablando de soldados armados que quisieron acceder a ella, y no tenía opción”.
Helena Hernández, abogada penalista y docente en las universidades Del Rosario y la Gran Colombia, cree que la Fiscalía sí se equivocó.
“La calificación jurídica del delito (o la imputación por la que van a responder, pues aceptaron los cargos) quedó mal, porque de los hechos que nos han relatado, se deduce con más claridad que existió violencia (la cantidad de hombres que la accedieron, la edad de la menor, la mayor vulnerabilidad)«, indicó la jurista.
Hernández precisó que, de haberse inculpado el delito de acceso carnal violento agravado, “se hubiera respondido también por coautoría de los otros siete accesos. Eso permite incrementar la pena hasta el doble del monto, porque la suma de las penas es mucho mayor. O sea, sí tenía mucho sentido esa imputación”.
El abogado Velásquez agregó que el proceso podría tener un riesgo de nulidad en caso de que el juez de conocimiento, instancia que sigue después de aceptar cargos, tome dicha decisión por el error de la Fiscalía en la imputación.“Aunque ambos delitos tienen la misma pena, depende de cómo sea la decisión del jurista para que la Fiscalía deba volver a iniciar el proceso”.
Director: Habib Merheg Marún