La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) no es la responsable de que la Fiscalía y la Fuerza Pública no capturen a los excombatientes de las Farc que decidieron rearmarse, como lo manifestó el ministro de Defensa, Guillermo Botero.
La JEP aclaró que, como quedó establecido en la reforma constitucional que dio vida al sistema de justicia, y en todas las leyes que la han reglamentado, es tarea de la justicia ordinaria investigar y sancionar los hechos ocurridos después de la firma del Acuerdo de Paz, o que no tengan asidero en el conflicto.
“La investigación de cualquier delito cometido por un compareciente de la JEP después del 1° de diciembre de 2016 es competencia de la Fiscalía General de la Nación, por lo cual la Fuerza Pública no tiene ninguna limitación para perseguir y capturar a los comparecientes que se han rearmado y estén delinquiendo, independientemente de que hayan concluido o no los incidentes de verificación del régimen de condicionalidad que se hayan abierto”, dice una carta enviada al ministro por la magistrada Patricia Linares, presidenta de la Jurisdicción.
Esta respuesta se da luego de una salida en falso del ministro Botero, que se dio el martes, cuando aseguró que a Leider Johany Noscué, alias “Mayimbú”, presunto responsable del asesinato de la candidata a la alcaldía de Suárez (Cauca), Karina García y otras cinco personas, no lo habían capturado porque estaba sometido a la JEP. Entonces solicitó a Linares que lo excluyera para proceder con la aprehensión.
“Mayimbú” estaba privado de la libertad desde 2014, cuando fue condenado a 30 años de prisión, pero “en 2017 se presentó a la JEP, salió en libertad y volvió a delinquir”, indicó el ministro, quien recordó que sobre él pesa una recompensa de 100 millones de pesos.
La comunicación enviada por Linares no es exclusiva sobre “Mayimbú”, sino que se extiende a los excombatientes que se rearmaron y que aún no han sido excluidos como “Iván Márquez”.
Director: Habib Merheg Marún