Este martes, la Procuraduría General de la Nación solicitó formalmente a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que remita el expediente que adelanta contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez, por los presuntos delitos de soborno y fraude procesal, a la Fiscalía General de la Nación.

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En concepto del organismo de control, el alto tribunal “perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes” cuando Uribe renunció a su curul.

En un comunicado, el Ministerio Público ratificó el llamado del procurador Fernando Carrillo frente al deber que tienen todos los funcionarios de “acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales”, y señaló que, con la separación definitiva del entonces congresista a su curul, “desaparece el fuero que la Constitución le otorgaba, por lo que la Corte Suprema solo podrá conocer de los procesos en los que los presuntos delitos tuvieran relación directa con su función de congresista”.

Procuraduría le solicita a la Corte Suprema que entregue a la ...

Carrillo había afirmado en días anteriores que “el único escenario legítimo para la discusión y confrontación de las decisiones judiciales es el proceso mismo, acudiendo a los instrumentos que el debido proceso consagra, y a ninguno otro ajeno al mismo, por parte de las autoridades o de los ciudadanos”.

Para el ente de control, “la Sala no relacionó actuaciones desplegadas por el entonces senador dirigidas a consolidar un abuso de poder para controlar su liderazgo político, que pudiera tener incidencia en el caudal electoral o que diera paso a un acercamiento a las regiones de manera delictiva para consolidar su dominio y el posicionamiento en el cargo” ni se demostró que “hubiera utilizado servidores de su Unidad de Trabajo Legislativo o que pusiera en peligro latente su actividad en el Congreso”.

Concluyó la Procuraduría que “la simple coincidencia temporal de la presunta comisión de los hechos y la condición de ostentar el cargo de Senador de la República, no puede considerarse como suficiente para extender el fuero y por ende la competencia de la Sala Especial de Instrucción, luego de la renuncia al cargo”.

No obstante este concepto, corresponde a la Corte Suprema decidir si da traslado del proceso a la Fiscalía.

Director: Habib Merheg Marún