El abogado Jaime Granados, apoderado de Uribe, presentó una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá, para que este reverse una decisión que tomó el juez cuarto Penal del Circuito de Bogotá en noviembre del año pasado.
En esa ocasión, el togado consideró que el proceso de indagatoria realizada en octubre de 2019 por la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia era suficiente para considerar que Uribe había sido imputado por los delitos de fraude procesal y sobornos a testigos.
¿Esto cómo se explica? El proceso contra Uribe nació en la Corte Suprema de Justicia, pues surgió cuando tenía calidad de senador, por lo que le aplicaba la Ley 600 de 2000. Sin embargo, en agosto del año pasado renunció a su curul por lo que su proceso pasó al Sistema Penal Acusatorio.
Ante este cambio sui generis, en octubre la jueza 30 de Control de Garantías, Clara Ximena Salcedo, consideró que el cambio de jurisdicción significaba que el proceso debía iniciarse desde cero. Sin embargo, como se dijo, otra fue la opinión del juez cuarto Penal, que fungió como juez de segunda instancia al resolver una apelación presentada por el senador Iván Cepeda y los exfiscales Eduardo Montealegre y Jorge Perdomo.
Para él, “es dable adecuar la diligencia de indagatoria (de la Ley 600) con la formulación de imputación”. En palabras llanas lo que esto significa es que, a consideración del togado, Uribe ya había sido imputado pues la Sala Especial de Instrucción comunicó los delitos y señaló los hechos jurídicamente relevantes.
Sin embargo, Jaime Granados consideró que lo que hizo el juez fue afectar el debido proceso y el derecho a la defensa de Uribe, pues ambos procesos no son, a su juicio, equiparables. En la tutela, Granados calificó dicha decisión como un “acto bastante exótico”·
Director: Habib Merheg Marún