Hoy se dio a conocer que el caso de Àlvaro Uribe Vèlez deberà regresar a la Corte Suprema de Justicia para que ella decida si se aplica la Ley 600 de 2000 o la Ley 906 de 2004

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La juez consideró que el proceso debía surtirse por ley 906 que no es otra cosa, que un delegado de la Rama Judicial sea el garante de las actuaciones que se realizarán durante el expediente, estimó necesario que sea el alto tribunal quien verifique su postura y de aval a la misma.

La juez explicó que la ley 600 de 2000 conoce comportamientos delictivos previo al 1 de Mayo de 2005, mientras que la ley 906 de 2004 debe conocer los delitos con posterioridad a esa fecha.

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“Desaparecido el fuero constitucional y teniendo en cuenta que la presunta comisión de los delitos fueron cometidos posterior al 2005, cobra validez la aplicación de la ley 906 de 2004. No hay razón de tipo jurídico que permita continuar en la ley 600 del 2000”, dijo la juez.

Si bien, la juez tiene su postura clara, así como el delegado de la Fiscalía, el Ministerio Público y la bancada de la defensa del exsenador, hasta que el alto tribunal no resuelva la competencia procesal no se podrá surtir audiencia en la que haya decisión sobre si revocan o mantienen privado de la libertad al expresidente.

La puja sobre esta nueva arista que le salió al proceso se da por cuenta de que el abogado Reinaldo Villalba, defensor del senador Iván Cepeda, declarado como víctima en el proceso, en la primera diligencia contra e exsenador, solicitó que el expediente se siguiera surtiendo bajo la ley 600 del 2000, como lo adelantaba la Corte Suprema, esto con el fin de preservar las pruebas recaudadas, mismas que sirvieron para que se le dictara casa por cárcel.

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En su momento, Gabriel Jaimes, fiscal del caso, argumentó que el expediente debe surtirse a través del actual procedimiento penal, debido a que los presuntos delitos fueron cometidos durante 2018. Es decir, la misma línea que expuso la juez este martes.

Director: Habib Merheg Marún