La sección quinta del Consejo de Estado declaró nula la elección a la Cámara de Representantes de Ángela María Robledo, cuya selección había sido demandada por doble militancia. La decisión es de única instancia lo que significa que no tiene recursos ordinarios, y queda en firme una vez se notifiquen todas las partes.

Por tres votos a favor y uno en contra, se declaró la nulidad de la Resolución 1595 de 19 de julio de 3018 expedida por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual manifestó que Robledo tenía el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes durante el periodo constitucional 2018-2022.

La magistrada Lucy Jeanette Bermúdez explicó el fallo que anuló la designación de Robledo como Representante a la Cámara.

“No hay ningún colombiano o ciudadano que esté por encima de esas prohibiciones o limitaciones constitucionales que establece  el artículo 107 de la Constitución”, aseguró la presidenta del Consejo de Estado, Lucy Jeannette Bermúdez. 

“La señora Marta Lucia Ramírez no pertenecía a una corporación pública, mientras que la señora Ángela María Robledo si era miembro de una organización; en segundo lugar para el caso de Ramírez se trató de la participación en una consulta popular y ella estaba obligada a atenerse a los resultados de una consulta, en cambio Robledo venía desempeñándose como congresista aún después de la inscripción como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro”, dijo la magistrada. 

Ángela María Robledo en su cuenta de Twitter se pronunció: