Jesús Bobadilla, autor del fallo que evita extradición, dice que JEP es la guardiana de acuerdo de paz.

Jesús Ángel Bobadilla, el magistrado ponente del fallo de la JEP que negó la extradición del exguerrillero Jesús Santrich y ordenó su libertad porque no se pudo determinar la fecha en la que habría cometido el supuesto delito de conspirar para enviar cocaína a Estados Unidos, dice que la Procuraduría está en el derecho de apelar si considera que hay razones para revocar el fallo.

¿El vídeo sobre Santrich que comenzó a circular después del fallo y que ustedes no conocían habría cambiado la decisión?

Es una pregunta difícil. No he visto el vídeo, pero si lo hubiéramos conocido oportunamente nos habría servido para evaluar la conducta y eventualmente determinar la fecha. La decisión ya está tomada, y se tomó tras una fase probatoria que extendimos por mucho tiempo para recibir la cooperación de otro Estado (Estados Unidos), y no la recibimos. No pudimos evaluar la conducta y, por ende, no pudimos determinar la fecha.

Vídeo caso Santrich
Vídeo caso Santrich

¿A qué atribuye que el vídeo
haya circulado después del fallo?

Yo no quisiera especular, pero es cierto que durante el proceso circularon en medios extractos de videos que nunca llegaron aquí. Nos llamaba la atención que no tenían audio, y eso quedó en el fallo. 

¿Y qué opina de la decisión de la Procuraduría de apelar el fallo? 


Está en todo su derecho. Yo he sido abogado litigante, y, por supuesto, uno ejerce la contradicción de las decisiones si considera que hay razones para revocarla. 

¿La Sala de Revisión de la
JEP no sabe hoy si Santrich es
inocente o culpable del delito
que le imputan?


Solo nos correspondía establecer la fecha. Si en otros órganos se llega a determinar, con prueba legalmente obtenida, que los hechos fueron después de la firma de la paz, deben ser la Fiscalía o la Corte Suprema las que actúen. 

Lo que dijimos es que la conducta no debe quedar impune y que, dentro del principio de extraditar o juzgar, si no se extradita debe haber juzgamiento, y este arranca con la investigación.

¿Cómo se dieron cuenta que
la actuación de la DEA fue irregular?


Cuando le solicitamos a la la directora de asuntos internacionales de la Fiscalía que nos remitiera los soportes de la asistencia judicial que debió pedir el gobierno extranjero y tramitar el Estado colombiano a través de la Fiscalía. Ella nos contestó que esas personas actuaron como particulares y no requerían control judicial.

No sabemos si eran o no particulares, pero quedó acreditado que estaban actuando bajo instrucciones de agentes de Estados Unidos, y eso era, por lo menos, irregular.

¿Durante la discusión del fallo,
ustedes pensaron en el tsunami
político que podía provocar la decisión?


Como jueces, tenemos que actuar con independencia y sin presiones, sin pensar en lo que pasará por la cabeza de la gente. Igual podría haber un efecto político con una decisión contraria a la que tomamos.

Los jueces ordinarios están ligados a la Constitución política y la ley, y los de la justicia transicional también, pero, además, somos guardianes del acuerdo de paz

Lo que se impuso en el debate fue la interpretación de las normas, nos amparamos en el acuerdo de paz. Los jueces ordinarios están ligados a la Constitución política y la ley, y los de la justicia transicional también, pero, además, somos guardianes del acuerdo de paz. Por eso se llama Tribunal para la Paz.

El Gobierno de Estados Unidos calificó ayer como “lamentable” la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de no extraditar, y por el contrario dejar en libertad, al exguerrillero Jesús Santrich. 

La embajada de ese país aseguró que EE. UU. “cumplió con los requisitos de extradición establecidos con Colombia y nuestro pedido estableció que los delitos de los cuales se acusa al señor Santrich se produjeron después del 1.º de diciembre de 2016”, es decir, luego de que se firmó el acuerdo de paz entre el Gobierno colombiano y la desmovilizada guerrilla de las Farc. 

De acuerdo con el gobierno estadounidense, Santrich es requerido por una corte de Nueva York “por presuntamente conspirar” el envío de cocaína “entre junio de 2017 y abril de 2018”. Por esa razón considera que la apelación que presentará la Procuraduría es “esencial y urgente”.

Fuente: EL TIEMPO